AGENTES MARÍTIMOS

Los buques que ingresan a Puerto Nuevo deben tener un Agente Marítimo acreditado ante la República de Colombia, con licencia de la DIMAR, debidamente autorizado para operar en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Santa Marta y registrado ante Puerto Nuevo y las autoridades correspondientes.

Cuando se presenten cambios en la representación de una nave durante su permanencia en Puerto Nuevo, el nuevo agente será responsable ante Puerto Nuevo por el pago de todos los servicios prestados a la nave a partir de la notificación del cambio de agente.

El nuevo agente deberá notificar a la Autoridad Marítima y a Puerto Nuevo el cambio de representación de la nave, indicando la fecha y hora y presentando los soportes que acrediten la modificación. 

PROCESO DE INSCRIPCIÓN PARA NUEVAS AGENCIAS MARÍTIMAS 

 

Toda Agencia Marítima que desee inscribirse por primera vez para prestar servicios en Puerto Nuevo, debe enviar a PNSA la solicitud de inscripción como Agencia Marítima a través del formato F-PNS-GDU-SUB-0004-1 Inscripción y Actualización de Agencias Marítimas y la solicitud para registro de personal formato F-PNS-GDUSUB-0004-2 Registro y Actualización de Personal de Agencias Marítimas, debidamente diligenciadas, anexando todos los documentos solicitados.

La información debe ser enviada en medio magnético, al departamento de Operaciones de la Sociedad Portuaria Puerto Nuevo, en el Km 10 Vía Ciénaga-Santa Marta, siguiendo las instrucciones que aparecen en el Anexo 1 del F-PNS-GDU-SUB-0004-1 Inscripción y Actualización de Agencias Marítimas.

Si se trata de la actualización de una Agencia Marítima o solo registro de personal, la Agencia Marítima debe enviar a PNSA un correo electrónico, a la dirección agenciasyop@grupoprodeco.com.co, solicitando la actualización o registro de personal (según sea el caso), anexando todos los documentos que se requieran En el caso de actualizaciones, los documentos a adjuntar serán aquellos que han perdido vigencia, que han tenido cambios significativos, o los solicitados por PNSA, y para el registro de personal se deben adjuntar todos los anexos estipulados en el F-PNS-GDU-SUB-0004-2 Registro y Actualización de Personal de Agencias Marítimas.

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